Tarea Cristian Giacaman

Incentivo Tributario a la Inversión en Investigación y Desarrollo


Incentivo tributario para los contribuyentes afectos al impuesto de primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Estos contribuyentes tendrán derecho a un crédito tributario en los ejercicios asociados a los pagos efectuados en dinero, en virtud de Contratos de Investigación y Desarrollo celebrados con entidades inscritas en el Registro de Centros de Investigación administrado por CORFO.
Quienes pueden postular:
Podrán solicitar inscripción en el Registro administrado por CORFO las entidades cuya actividad principal consista en la realización de labores de investigación o desarrollo; que formen parte integrante o dependan de una universidad; que formen parte de personas jurídicas constituidas en Chile.
A su vez podrán solicitar a CORFO la Certificación de Contratos de I+D, aquellos contribuyentes de la primera categoría de la Ley de impuesto a la Renta, que celebren contratos de I+D con Centros de Investigación debidamente inscritos en el Registro que administra CORFO y cuyos montos de los contratos sean superiores a 100 UTM.
En qué consiste el incentivo tributario:
Consta de dos beneficios:
· Un crédito equivale a un 35% de sus pagos efectuados conforme a Contratos de I+D certificados por CORFO y celebrados con Centros de Investigación inscritos en el Registro administrado por la entidad.

· Una rebaja tributaria asociada al otro 65% (el monto que no constituya crédito), que podrá rebajarse como gasto necesario para producir la renta, independiente del giro de la empresa.

Cuándo postular:
Tanto las solicitudes de Inscripción en el Registro como las de certificación de contratos, podrán ser presentadas durante todo el año en la Oficina de Partes de CORFO en Santiago, o a las oficinas regionales de la entidad. El Incentivo Tributario tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.
Cómo postular:
Las Empresas:
· Acceder al Registro de Centros para la realización de actividades de Investigación y Desarrollo . Todo contrato de I+D, que se acogerá al incentivo tributario que establece la Ley 20.241, debe celebrarse con un Centro de Investigación inscrito en dicho registro.
· Suscribir el Contrato de I+D con el Centro de Investigación, el cual debe contener algunas menciones que son de conocimiento del Centro de Investigación , e ingresar la información relativa en el sitio web de CORFO.
· Enviar a CORFO los antecedentes respecto al Contrato de I+D celebrado.
· CORFO verificará que los Contratos efectivamente correspondan a actividades de I+D realizando varias actividades que se describen en la ficha completa. Al final, la entidad emitirá una resolución Certificando el Contrato, que da derecho a los beneficios tributarios establecidos en la Ley.
· En su próxima declaración de impuestos, el Contribuyente debe imputar el Crédito Tributario contra el impuesto de primera categoría que grava las rentas del ejercicio en que se produjeron los pagos efectivos bajo los Contratos Certificados de I+D.
Los Centros de Investigación:
Para ingresar al Registro, el Centro de Investigación deberá presentar a CORFO todos los antecedentes solicitados. El detalle de los requisitos de postulación están definidos en el Reglamento del Registro para la realización de actividades de I+D. Para inscribirse en el Registro, cada Centro de Investigación debe cumplir con una serie de condiciones establecidas en el Reglamento del mismo cuya verificación corresponde a CORFO.
Ficha Completa de Incentivo Tributario a la Inversión en Investigación y Desarrollo

En qué consiste

La Ley N° 20.241 establece un incentivo tributario para la inversión privada en Investigación y Desarrollo (I+D) para los contribuyentes afectos al impuesto de primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que declaren su renta efectiva mediante contabilidad completa. Estos contribuyentes tendrán derecho a un crédito tributario en los ejercicios asociados a los pagos efectuados en dinero, en virtud de Contratos de Investigación y Desarrollo celebrados con entidades inscritas en el Registro de Centros de Investigación (Registro). Dichos contratos deberán ser previamente certificados por CORFO.Para efectos de esta Ley, CORFO será la encargada de: Registrar los Centros de Investigación que así lo soliciten; Certificar los contratos de I+D celebrados entre un Contribuyente y un Centro de Investigación inscrito en el Registro; Fiscalizar la correcta ejecución y cumplimiento de los Contratos de I+D

Quiénes pueden ingresar al Registro

Podrán solicitar inscripción en el Registro administrado por CORFO, las siguientes entidades, cuya actividad principal consista en la realización de labores de investigación o desarrollo: entidades que formen parte integrante o dependan de una universidad; entidades que formen parte de personas jurídicas constituidas en Chile; personas jurídicas constituidas en Chile.

Quiénes pueden certificar Contratos

Podrán solicitar a CORFO la Certificación de Contratos de I+D, aquellos contribuyentes de la primera categoría de la Ley de impuesto a la Renta, que celebren contratos de I+D con Centros de Investigación debidamente inscritos en el Registro que administra CORFO y cuyos montos de los contratos sean superiores a 100 UTM.

Qué se entiende por Actividades de I+D

Se entiende por Actividades de Investigación aquellas que a través de una búsqueda metódica puedan generar nuevos conocimientos en el ámbito científico o tecnológico, con la expectativa de que contribuyan a desarrollar, fortalecer o mejorar la capacidad competitiva de las personas que la encargan.Se entiende por Actividades de Desarrollo aquellas que a través de la aplicación de los resultados de la Investigación o la adaptación de cualquier conocimiento científico o tecnológico, relacionadas con oportunidades comerciales o productivas. Esto con la expectativa de que contribuyan a desarrollar, fortalecer o mejorar la capacidad competitiva de quien lo encarga. Estas aplicaciones u adaptaciones pueden estar enfocadas: a la fabricación de nuevos materiales, productos o el diseño de nuevos servicios, procesos o sistemas de producción, o bien, a la mejora sustancial de materiales, productos, servicios, procesos o sistemas de producción ya existentes.En el marco de la definición anterior, el desarrollo alcanza desde la creación de prototipos no comercializables y proyectos de demostración inicial o proyectos piloto, hasta la materialización de los resultados de la investigación en un plano, esquema o diseño.

Qué se entiende por Contrato de I+D

Es el Contrato de Prestación de Servicios suscrito entre un contribuyente y un Centro de Investigación registrado, que tenga por objeto la realización o ejecución, por parte del Centro de Investigación en el ámbito de la Ley N° 20.241, de Incentivo Tributario a la Inversión Privada en Investigación y Desarrollo, de actividades de investigación o desarrollo, o ambas.

En qué consiste el Incentivo Tributario que establece esta Ley

Este incentivo tributario consta de dos beneficios:Un crédito equivale a un 35% de sus pagos efectuados conforme a Contratos de I+D certificados por CORFO y celebrados con Centros de Investigación inscritos en el Registro administrado por la entidad.Una rebaja tributaria asociada al otro 65% (el monto que no constituya crédito), que podrá rebajarse como gasto necesario para producir la renta, independiente del giro de la empresa.Es decir, de cada 100 pesos invertidos en I+D, 46 pesos serán financiados por el Estado.

Cuándo postular

Tanto las solicitudes de Inscripción en el Registro como las de certificación de contratos, podrán ser presentadas durante todo el año en la Oficina de Partes de CORFO en Santiago, o a las oficinas regionales de la entidad.El Incentivo Tributario tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.

Cómo postular

Empresas:

· al Registro de Centros para la realización de actividades de Investigación y Desarrollo. (Nota: todo contrato de I+D, que se acogerá al incentivo tributario que establece la Ley 20.241, debe celebrarse con un Centro de Investigación inscrito en dicho registro).
· Suscribir el Contrato de I+D con el Centro de Investigación, el cual debe contener algunas menciones que son de conocimiento del Centro de Investigación, e ingresar la información relativa en el sitio web de CORFO, sección: Solicitud de Certificación de Contratos de I+D. (Nota: no se establece un plazo máximo para la ejecución de los Contratos de I+D; éstos deben definirse en función de las actividades de I+D requeridas).
· Enviar a CORFO los antecedentes respecto al Contrato de I+D celebrado.
· CORFO verificará que los Contratos efectivamente correspondan a actividades de I+D realizando las siguientes actividades:
Ø Evaluación técnica de los Contratos de I+D.
Ø Verificar que los Contratos se celebren en relación a la organización y medios de los cuales dispone el respectivo Centro de Investigación, debidamente registrado.
Ø Verificar que el precio pactado en los Contratos refleje de manera adecuada los costos, los que deben responder a los valores de mercado.
Ø Verificar que la empresa contratante y el Centro de Investigación no se encuentren relacionados.
Evaluado lo anterior, CORFO emitirá una resolución Certificando el Contrato, a partir de la cual se tendrá derecho a los beneficios tributarios establecidos en la Ley.
· En su próxima declaración de impuestos, el Contribuyente debe imputar el Crédito Tributario contra el impuesto de primera categoría que grava las rentas del ejercicio en que se produjeron los pagos efectivos bajo los Contratos Certificados de I+D.

Centros de Investigación:

Para ingresar al Registro, el Centro de Investigación deberá presentar a CORFO todos los antecedentes solicitados. Luego, deberá cancelar un arancel de 15 UTM al momento de presentar la solicitud de postulación. El detalle de los requisitos de postulación están definidos en el Reglamento del Registro para la realización de actividades de I+D. Para inscribirse en el Registro, cada Centro de Investigación debe cumplir con una serie de condiciones establecidas en el Reglamento del mismo, cuya verificación corresponde a CORFO. Algunas de tales condiciones son: que la actividad principal del Centro sea la realización de actividades de I+D; que el Centro cuente con los medios, tanto personales como materiales, para realizar actividades de I+D; que tenga, como mínimo, 24 meses de funcionamiento anteriores a la solicitud de incorporación al Registro.

Cómo se evalúa un proyecto

Una vez ingresado a InnovaChile el proyecto debe pasar por las siguientes etapas:Elegibilidad, en la que se chequea que tanto el postulante como el proyecto cumplan con los requerimientos formales que esta línea de apoyo exige.Evaluación preliminar, en la que el proyecto elegible es calificado por profesionales y especialistas sectoriales de INNOVA Chile, o bien, por consultores expertos. Éstos elaboran un informe y emiten una recomendación de aprobación o rechazo.Evaluación final, en la que el proyecto, independientemente de la recomendación de aprobación o rechazo, es presentado ante el Subcomité del Área de Innovación Empresarial, compuesto por actores relevantes del ámbito público y privado, el cual lo aprueba o rechaza.Nota: La evaluación positiva por parte del Área de Innovación Empresarial sólo constituye una recomendación para el Subcomité respectivo, siendo este último la única instancia que decide sobre la aprobación o rechazo del proyecto.

Cuánto tarda la respuesta

La evaluación y selección de las propuestas recibidas se realiza en un plazo aproximado de 60 días contados desde el cierre del concurso.

Cómo se informa de la aprobación o rechazo de un proyecto

Una vez que el Subcomité del Área de Innovación Empresarial toma una decisión, la informa mediante una carta dirigida al postulante en la que se explican las condiciones de aprobación o las razones de rechazo, según sea el caso.

Qué pasos siguen tras la aprobación de un proyecto

Una vez aprobado el subsidio se firma un convenio de subsidio, entre InnovaChile y el postulante. El primer pago se realiza luego de la firma del convenio, la recepción de la garantía (póliza o boleta) y la total tramitación de la resolución respectiva que lo sanciona.
En qué plazos se debe ejecutar el proyecto

En un período máximo de 4 meses.

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