Municipalidad

Definición:
La Municipalidad es un servicio público territorialmente descentralizada y su justificación está en la focalización y proximidad del Estado con el ciudadano.
La Municipalidad es el Estado organizado en atención a las necesidades de una comunidad que está asentada en un territorio determinado y que es parte del Estado y del país como expresión parcial geográfica y social.
La Municipalidad tiene, además, la característica de estar más próxima al ciudadano y por lo tanto conocer mejor sus problemas y ser potencialmente capaz de buscar las mejores soluciones a esos problemas. Por esta misma razón la Municipalidad está sujeta a un control social, de los ciudadanos que tienen oportunidad de conocerla mejor en virtud de su proximidad y de su interés inmediato en su acción.
Documentos municipales:

La Ley Nro. 20.033, conocida como la Ley de Rentas Municipales II, modificó diversos cuerpos legales y, entre ellos, el de la Ley Nro. 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. Una de las tantas modificaciones establece que la información y documentos municipales son públicos, y que la documentación más importante deberá estar disponible en la Oficina de Partes y Reclamos, para quien los solicite. En la Municipalidad de Concepción, la Oficina de Partes depende del Secretario Municipal, a quien le corresponde desempeñar diversas funciones, entre las cuales se cuentan:
· Dirigir las actividades de secretaría administrativa del alcalde, debiendo cumplir las funciones relacionadas con el despacho de la documentación oficial y con la dictación de las resoluciones alcaldicias (ordenanzas, reglamentos, decretos alcaldicios e instrucciones).
· Dirigir las actividades de secretaría administrativa del Concejo Municipal, debiendo cumplir las funciones relacionadas con las actas de las sesiones de Concejo Municipal y los acuerdos que se adoptan en cada una de ellas;
· Desempeñar las funciones de ministro de fe en todas las actuaciones municipales, y
· Cumplir las funciones que le encomienda la Ley Nro. 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.
De lo anterior, se desprende que es al Secretario Municipal a quien le corresponde tramitar gran parte de la documentación que debe estar disponible en la Oficina de Partes. A fin de cumplir con la obligación de publicidad de la documentación municipal, tanto para que esta medida sea efectiva para el público como para modernizar la gestión municipal.







Tipos de documentos municipales:

-Documentos de resoluciones de alcaldías:
Ordenanzas
Decretos
Reglamentos

-Documentos de acta del consejo municipal:
Ordinarias
Extraordinarias

-Documentos de Organizaciones Comunitarias:
Registro
Estatutos
Guía tramites







Allan Schälchli N
Seccion 1

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